Todos los seres humanos son por naturaleza igualmente libres e independientes, y su convivencia en estado de sociedad debe regirse y gobernarse garantizando su libertad e independencia colectiva e individual.
La Nación Española no reconoce la autoridad ni legitimidad para gobernarla ni regir su vida en sociedad de ningún Estado cuya forma jurídica no haya sido elegido por aquella tras un periodo de libertad constituyente.
La nación española es un hecho histórico dado, y su realidad está determinada por su diversidad cultural, lingüística y regional, que debe ser protegida y preservada indiscriminadamente. Por ello y en atención al daño que la concentración y centralización del poder del Estado de las Autonomías ha generado económica y socialmente, se debe devolver a los municipios el poder que garantice su independencia económica y desarrollo cultural.
El pueblo español es el único sujeto político legitimado para darse a sí mismo una forma de Estado y hacer sus propias leyes a través de representantes elegidos uninominalmente en distritos electorales de no más de 100.000 habitantes.
Toda votación cuyo fin no sea elegir uninominalmente a los miembros del legislativo con mandato unipersonal, imperativo y revocable del elector y separadamente al ejecutivo, es fraudulenta al atentar contra la libertad política del pueblo español. Y se considera un mecanismo para que bajo la fuerza, coacción o miedo se acepte o legitime un sistema tiránico que hace sus leyes y las impone a la nación tiránicamente.
La no participación voluntaria de la mayoría absoluta de la ciudadanía en unas votaciones cuyo fin no sea el determinado en el punto anterior, deja a todo Estado que las organice carente de autoridad ni legitimidad para formar gobierno ni hacer leyes, por lo que a partir de dicho instante será considerado como un poder impuesto mediante la fuerza a la nación española y enemigo de esta.
Deslegitimado el Estado, se debe crear un gobierno provisional que mantenga la funcionalidad del Estado y acompañar a ello la apertura de un período de libertad constituyente de mínimo un año de duración. En este periodo el gobierno provisional debe garantizar la libertad de prensa e información para la difusión de todo pensamiento y propuesta política que se base en los principios democráticos de la separación de poderes entre el legislativo y el ejecutivo y la representación política por elección uninominal.
A la finalización del período de libertad constituyente, todo español mayor de dieciocho años deberá ser convocado mediante referéndum para elegir la forma de Estado propuesta desde las diferentes organizaciones civiles que las propugnen.
Una vez elegida la forma de Estado por la nación, deben realizarse unas elecciones al parlamento o cortes constituyentes, cuyo fin será el de redactar una constitución que establezca la garantía de los derechos fundamentales en una declaración de derechos de España y determine la separación de poderes entre el legislativo y el ejecutivo.
Paralelamente a ello deberá suprimirse el Tribunal Constitucional y se creará un consejo de justicia con dotación presupuestaria independiente que garantice la independencia del poder judicial.